AGUASCALIENTES, AGS.- A través de un recurso de apelación realizado por el agente del Ministerio Público, los magistrados integrantes de la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado revocaron la sentencia absolutoria emitida por el juez interino adscrito al Juzgado Sexto de lo Penal en la Entidad y en su lugar emitieron una nueva, donde se condenó a Agustín Alba Cambrón alias "El Cholo", a una pena privativa de libertad de 18 años, por el delito de violación equiparada en agravio de su hija.
De acuerdo a los hechos acontecidos en el año 2009, en el mes de junio acudió ante la entonces Procuraduría General de Justicia la mamá de la ofendida, con el propósito de presentar una denuncia en contra de su vecino, a quien señalaba como responsable del embarazo de 4 meses de su hija, misma que padecía una enfermedad mental.
Por lo anterior, el agente del Ministerio Público de la entonces Agencia de Delitos Sexuales emprendió una averiguación previa en la que se señalaba al vecino de la víctima como el principal sospechoso del estado de gravidez de ésta, por lo que fue consignado ante el juez en el mes de agosto.
Más tarde, en octubre del mismo año, la víctima dio a luz a una niña, por lo que peritos adscritos a la Dirección General de Investigación Pericial le realizaron las pruebas genéticas correspondientes, en las que se determinó que el padre de la víctima era a su vez el progenitor de la neonata.
Con los elementos de prueba suficientes, el Juzgado Sexto de lo Penal giró una orden de aprehensión en contra de Agustín Alba Cambrón alias "El Cholo" por el delito de violación equiparada.
Tras el desahogo de los medios de convicción que obraban en la averiguación previa, el juez dictó una sentencia condenatoria de 15 años de pena privativa de la libertad.
Por lo anterior, la defensa de Agustín promovió el medio de impugnación correspondiente a efecto de que la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado revisara el procedimiento de primera instancia, lo que derivó en la confirmación de la sentencia dictada por el juez Sexto de lo Penal.
Contra tal dictaminación, se promovió un juicio de garantías, en donde la autoridad federal determinó violaciones esenciales del procedimiento, culminando con la reposición del mismo en contra de "El Cholo".
Como consecuencia se realizó dicha reposición que a su vez derivó en una sentencia absolutoria para "El Cholo", emitida por el juez interino del Juzgado Sexto Penal del Estado.
Posteriormente, el agente del Ministerio Público interpuso una apelación ante la Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes, en la que los magistrados resolvieron girar una orden de reaprehensión para Agustín Alba Cambrón "El Cholo" para el cumplimiento una pena privativa de libertad de 18 años, así como el pago de una multa equivalente a la cantidad de 11mil 688.75 pesos, el pago de la reparación del daño tanto material como moral y el pago de los alimentos para la víctima y la neonata producto de la cópula.
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