3 de julio de 2013

¡Muertos hacen encuestas favorables al PRI!

Además, violó la ley al presentar los resultados ante los medios…

EL CLARINETE

AGUASCALIENTES, AGS.- Hoy miércoles 3 de julio, último día de campañas según la legislación electoral, el Comité Estatal del PRI dio a conocer a los medios de comunicación una encuesta realizada por la empresa De Las Heras Demotecnia, ante tal situación, señaló el delegado en Aguascalientes del CEN del PRD, Rafael Hernández Estrada, “el tricolor ha incurrido en una violación a la ley, ya que ésta prohíbe la publicación de encuestas durante la semana previa a celebrarse los comicios”.

“El artículo 209 del Código Electoral de Aguascalientes establece la prohibición de difundir encuestas durante los 8 días previos a las elecciones. Esta es otra pifia del PRI en Aguascalientes, el violar la ley, el dar a conocer una encuesta por demás falsa, anunciando que la hizo María de las Heras cuando lamentablemente ella falleció el 14 de agosto del año pasado, yo creo que seguramente los del PRI querrán ganar con votos de difuntos como acostumbran”.
Cabe indicar que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), en su fracción VI señala: “durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas aplicables a aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en el artículo 403 del Código Penal Federal”.

Sin embargo al tratarse de una elección, en este caso quien rige es el Código Electoral del Estado de Aguascalientes vigente, el cual de manera textual refiere en su artículo 209, fracción II: “durante los ocho días previos a la elección y hasta dos horas después del cierre oficial de las casillas, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas aplicables a aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y sancionados en la ley de la materia y en este Código”.

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