Además, violó la
ley al presentar los resultados ante los medios…
EL CLARINETE
AGUASCALIENTES,
AGS.-
Hoy miércoles 3 de julio, último día de campañas según la legislación
electoral, el Comité Estatal del PRI dio a conocer a los medios de comunicación
una encuesta realizada por la empresa De Las Heras Demotecnia, ante tal
situación, señaló el delegado en Aguascalientes del CEN del PRD, Rafael
Hernández Estrada, “el tricolor ha incurrido en una violación a la ley, ya que
ésta prohíbe la publicación de encuestas durante la semana previa a celebrarse
los comicios”.
“El
artículo 209 del Código Electoral de Aguascalientes establece la prohibición de
difundir encuestas durante los 8 días previos a las elecciones. Esta es otra
pifia del PRI en Aguascalientes, el violar la ley, el dar a conocer una
encuesta por demás falsa, anunciando que la hizo María de las Heras cuando
lamentablemente ella falleció el 14 de agosto del año pasado, yo creo que
seguramente los del PRI querrán ganar con votos de difuntos como acostumbran”.
Cabe
indicar que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
(COFIPE), en su fracción VI señala: “durante los tres días previos a la
elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren
en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, queda
prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas
o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias
electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las
penas aplicables a aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y
sancionados en el artículo 403 del Código Penal Federal”.
Sin
embargo al tratarse de una elección, en este caso quien rige es el Código
Electoral del Estado de Aguascalientes vigente, el cual de manera textual
refiere en su artículo 209, fracción II: “durante los ocho días previos a la
elección y hasta dos horas después del cierre oficial de las casillas, queda
prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas
o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias
electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las
penas aplicables a aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y
sancionados en la ley de la materia y en este Código”.
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