Aguascalientes, Ags.- Más allá de la cuestión de estética urbana, el realizar graffitis es una conducta prohibida y tipificada por el Código Penal para el estado de Aguascalientes, así lo manifestó el regidor presidente de la Comisión de Seguridad, Vicente Pérez Almanza, quien detalló que dicha ley marca en el sexto capítulo, artículo 54 actualizado en diciembre del 2007, que el efectuar cualquier tipo de pinta es un delito castigado con 1 hasta 5 años de prisión, 50 a 75 días de salario mínimo y la reparación del daño.
“Los atentados a la estética urbana consisten en la afectación no sólo material, sino visual de bienes inmuebles, públicos o privados provocado por pintas, escrituras, dibujos, signos, tallones y/o gráficos de cualquier tipo que modifiquen o alteren ostensiblemente su estructura o presentación original.”
Asimismo Pérez Almanza indicó que en el caso de las acciones emprendidas por la alcaldesa Lorena Martínez, sí se justifica el haber proporcionado todas las facilidades para realizar las pintas sobre infraestructura urbana, ya que la intención de la alcaldesa es prevenir la incursión de jóvenes a las filas de la delincuencia, no obstante aseguró que las acciones fueron erróneas y mal organizadas, ya que en lugar de plasmar las pinturas sobre el concreto se pudo optar por utilizar mantas o cualquier soporte móvil, además de que no se cuidó la temática, lo que derivó dijo, en convertir el sitio en un “nido de cholos”.
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